Problema frecuente
Necesito la primera ocupación de una edificación fuera de ordenación

La respuesta corta
Cuando una edificación está fuera de ordenación, tramitar su primera ocupación o utilización exige primero estudiar el régimen urbanístico del inmueble para comprobar si el trámite es posible, y después documentar técnicamente el estado actual de la edificación, su antigüedad y sus condiciones. La resolución corresponde siempre al Ayuntamiento competente.
Causas posibles
- 01Edificaciones construidas con normativa anterior o sin ella.
- 02Inmuebles que necesitan acreditar sus condiciones para contratar o regularizar suministros.
- 03Compraventas en las que piden acreditar la situación de la edificación.
- 04Expedientes municipales que requieren documentación del estado actual.
Qué hay que comprobar
- Régimen urbanístico del inmueble y si permite el trámite.
- Antigüedad de la edificación y sus evidencias.
- Estado actual: medición, planos y condiciones.
- Documentación de habitabilidad, en viviendas y cuando corresponda.
Qué profesionales intervienen
El estudio, la medición, los planos y los informes o certificados técnicos son nuestra parte. La primera ocupación se resuelve por el Ayuntamiento conforme a la normativa urbanística; no podemos garantizar su concesión.
El servicio de MideFinca que puede ser adecuado
Dependerá del caso concreto: primero revisamos tu documentación y te lo confirmamos.
- Primera ocupación en edificaciones fuera de ordenación
- Certificado de habitabilidad y medición de vivienda
- Certificado de antigüedad de construcciones
